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El desequilibrio de la seguridad ciudadana "Proporcionalidad"

La asimetría del riesgo: ¿Quién debe asumirlo?

Manuel Jaramillo
Colaborador Manuel Jaramillo
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​La labor policial se sustenta tradicionalmente sobre pilares normativos diseñados en contextos sociohistóricos muy lejanos a la realidad actual. En España, los principios básicos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se fijaron en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En su artículo 5 se impone que los agentes deben actuar con congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance.
​Sin embargo, el paso del tiempo, la evolución de la delincuencia y la violencia en las calles han convertido este principio en una suerte de trampa jurídica que pone en peligro constante la vida de los agentes y desprotege la seguridad ciudadana.
​El abanico del agresor: 
Quien decide atentar contra la vida o la integridad de los agentes no se rige por norma alguna. Hoy en día, los compañeros se enfrentan a individuos armados con machetes de grandes dimensiones, catanas, hachas, barras de hierro, armas blancas e incluso armas de fuego y de guerra. Tienen a su disposición todo lo que el entorno les ofrece y la iniciativa absoluta de la agresión.
​El agente de calle, el policía que se juega la vida a pie de asfalto, cuenta por lo general con una defensa reglamentaria (extensible o rígida), su arma de fuego corta de 9mm parabellum, aerosoles de defensa y, en ocasiones, dispositivos electrónicos de control, cuyo uso sigue generando controversia y una sobrerregulación asfixiante.
​Pretender que exista una equivalencia matemática o simetría de medios —la "proporcionalidad mal entendida"— entre un ataque sorpresivo, letal y desproporcionado con armas y la respuesta de un agente es, en la práctica, obligar al policía a salir a empatar, cuando su única obligación profesional y vital es salir a ganar para protegerse a sí mismo y a los ciudadanos, es decir: proteger a la sociedad.
​El riesgo: ¿Quién debe asumirlo?
​El principio de proporcionalidad, tal y como se interpreta en numerosas ocasiones desde despachos alejados de la realidad y por parte de ciertos sectores sociales, traslada el riesgo delictivo de forma profundamente injusta.
​La inversión de la responsabilidad es una realidad. El delincuente que decide iniciar una agresión letal utilizando un arsenal o armas/objetos de gran peligro (como barras de hierro, botellas de cristal rotas, catanas, sables, cadenas de hierro, entre otros objetos) es quien rompe voluntariamente el pacto social de convivencia. Sin embargo, el sistema procesal y penal a menudo parece exigir al policía un ejercicio de cálculo milimétrico en milisegundos de extrema tensión vital.
​El agente no solo se enfrenta al trauma físico y psicológico de repeler una agresión extrema, sino a la sospecha posterior. Se cuestiona el número de disparos, la zona de impacto, el uso de la fuerza o si se pudo haber evitado la neutralización del violento, exigiendo al policía una perfección quirúrgica que supera con creces las capacidades humanas bajo una situación de estrés agudo.
​La proporcionalidad: Una atadura que beneficia al delincuente.
​La proporcionalidad no puede convertirse jamás en una atadura insalvable para los agentes ni en una ventaja para el delincuente. Lejos de ser un mecanismo de equilibrio, cuando se interpreta desde una perspectiva alejada de la operativa real de la calle, se transforma en un factor de indefensión que penaliza al servidor público y premia la audacia del agresor.
​La calle experimenta crecientes niveles de violencia, una mayor agresividad y un desprecio absoluto por la autoridad y por la vida humana. Ante este panorama, mantener herramientas legales y doctrinales ancladas en el pasado es un error sistémico.
​Si el nivel de violencia y la tipología de los agresores han evolucionado de forma drástica, el modelo policial, la dotación de medios y el respaldo jurídico deben evolucionar en la misma dirección.
​El policía no puede seguir atado de pies y manos por criterios que priorizan la integridad del atacante por encima de la vida de quien defiende la ley. La respuesta debe ser firme, proporcional a la amenaza real —entendida esta como la capacidad lesiva y letal del agresor, y no como una simetría absurda de utensilios— y dotada de la seguridad jurídica que garantice que ningún agente tema más a su propia administración o a los tribunales que al propio delincuente en el momento de repeler una agresión.
​La seguridad del agente es la seguridad de las personas:
​La proporcionalidad no debe ser un escudo protector para el delincuente ni una soga al cuello del servidor público. El peso de la consecuencia jurídica y lesiva debe recaer íntegramente sobre quien inicia la violencia.
​Quien acomete a los agentes con armas capaces de causar la muerte de forma inminente está asumiendo voluntariamente el riesgo de sufrir un resultado lesivo grave derivado de la legítima defensa. El que emplea dos catanas hacia los agentes debe asumir el resultado; el que corre amenazando con un hacha debe asumir el resultado.
​Las leyes necesitan una revisión profunda y valiente que dote de seguridad jurídica real al policía, adaptando los principios de actuación a la peligrosidad descarnada del siglo XXI. El agente no puede seguir bailando en una cuerda floja donde la red de protección la teje, paradójicamente, el delincuente. El cambio en el modelo policial ya no es una opción debatible, sino una necesidad imperativa e inaplazable.

Preguntas y respuestas

¿Que cambios incluirías en el modelo policial actual?

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